domingo, 29 de julio de 2012

Nuevo Derecho penal




Clarín, un diario cuya falta de credibilidad es proverbial, ahora alega que el proceso de reinserción a la sociedad puede comenzar a los diez días de que la condena haya tenido lugar para el caso de un hombre que le prendió fuego a su mujer (click). ¿Cuál es el problema? (1) ¿Fue muy rápido? Nunca es demasiado rápido para empezar la reinserción. (2) ¿O que se trató de violencia de género? ¿Porque un tipo que le prende fuego a su mujer no puede alegar razones socioeconómicas que lo llevaron a hacerlo, o la distribución desigual del ingreso, menos si se trataba de alguien de clase media supongamos, ya que era un músico de rock profesional? (3) ¿Que no fue autorizado por el poder judicial? Habría que consultar a un abogado. (4) ¿Que se puede escapar, como sugiere la otra nota de Clarín Miente que recuerda que durante el juicio no le quisieron otorgar fianza? Le puede haber prendido fuego a su mujer, pero es un caballero que cumple con su palabra, y debe haber dado su palabra de que no se iba a escapar. Nos hace acordar a cuando Sparafucile le dice a Rigoletto algo así como "seré un asesino, pero no un bandido, yo cumplo con mi palabra" cuando Rigoletto le pregunta por sus servicios interesado en matar al Duque de Mantua. (5) Lo que llama poderosamente la atención, es que según Clarín Miente existan reclusos que prefieren quedarse en la cárcel antes que salir para participar de un acto kirchnerista o que, en todo caso, haya reclusos que dicen ser kirchneristas, quizás para poder salir, pero las autoridades no le creen. (6) Queda, por suerte, el reaseguro de que Clarín Miente.

3 comentarios:

Andrés Rosler dijo...

Acabamos de escuchar en el programa de radio de Víctor Hugo Morales al Ministro Alak, quien confirmó que la respuesta es (2): el músico que le prendió fuego a su mujer ya comenzó con su proceso de reinserción social. Nunca es demasiado rápido para reinsertarse en la sociedad.

Anónimo dijo...

El ministro también mostró las autorizaciones judiciales y esos presos no fueron a actos políticos K. Creo que la respuesta es la 6...

Andrés Rosler dijo...

Siempre es un alivio saber que Clarín Miente y que por lo tanto un juez autorizó la salida del músico. Pero sigue en pie la discusión sobre la naturaleza del derecho penal. El hecho de que cuente con autorización judicial no resuelve el punto en el fondo. Sólo muestra que entonces Clarín Miente (algo que de todos modos ya sabíamos). ¿Hay que reinsertar a los diez días a una persona que le prendió fuego a otra, que sucede era su mujer, y algunos creen que el mero hecho de que haya sido una mujer en sí mismo agrava la conducta? La reinserción tiene sentido en el caso de delitos cuya explicación sea socio-económica. ¿Fue la distribución del ingreso o la suerte moral como se la suele llamar la que explicó este homicidio, por no decir cualquier homicidio en general? ¿O acaso el músico no entendió la prohibición del homicidio, o ignoró que le estaba prohibiendo fuego a un ser humano? Si éste fuera el caso, jamás podría estar preso. Ciertamente, la idea no es que no deba ser reinsertado en absoluto, sino que en todo caso una vez que haya cumplido con la condena de la que fue objeto por haberle quitado la vida a otro ser humano sin ninguna razón válida para hacerlo. O si no queremos esperar toda la condena, esperemos un poco más de diez días. Que la ansiedad no nos gane.