domingo, 28 de abril de 2013

El Perro Pluto y el nuevo Consejo de la Magistratura


La discusión constitucional sobre la reforma judicial no cesa, y nosotros tampoco. Tal como lo hacía Aurora en las viejas épocas, aunque no tan viejas, La Causa adelanta el futuro. En efecto, gracias a la magia de Walt Disney tenemos un adelanto de cómo podrían funcionar las mayorías simples del nuevo Consejo de la Magistratura (verdadero "jury"), las cuales, por ejemplo, podrían considerar a varios jueces como enemigos públicos, quizás por haber investigado a funcionarios pertenecientes a las mayorías circunstanciales, tal como Pluto es considerado un enemigo público por haber perseguido gatos (nótese, sin embargo, que el jury de este video es más exigente, ya que condena por unanimidad). El final es particularmente ilustrativo.





Y para los que quieren escucharlo en su versión original:





N. de la R.: nuestro agradecimiento a un programa de TV de Slavoj Žižek sobre la perversión en el cine que nos llamó la atención hace un tiempo sobre este episodio del Ratón Mickey.

viernes, 26 de abril de 2013

Temo a los Griegos, incluso cuando hacen Entrevistas





Este video es el producto de dos grandes errores. El primero, es de quienes manejan, por así decir, la prensa de Lorenzino, que no tuvieron la mejor idea de concederle una entrevista a una periodista que no sólo no trabaja en un medio afín, sino que encima es extranjera. Lo cual nos lleva al segundo error, si es que se trata de un error.

En realidad, es otra muestra acabada de la necesidad de estudiar sociología de la cultura o dedicarse a los estudios culturales. En efecto, da la impresión de que en Grecia tienen esta extraña costumbre de entrevistar a los Ministros de Economía, y para el caso de que hubiera inflación, preguntarles de cuánto es, y para el caso de que la cifra que dieran fuera sensiblemente inferior a la real, preguntarles por la diferencia. La periodista, de buena fe, entendemos, creyó que aquí teníamos esta misma y extraña costumbre. Pero, en las palabras de nuestro Ministro, “la verdad, hablar sobre estadísticas de inflación en Argentina es complejo, ¿OK?”. Acá de la inflación no se habla. Nos sigue sorprendiendo la peregrina idea de esta periodista que cree que su trabajo consiste en hacerle preguntas sobre la inflación al Ministro de Economía. Pensar que Grecia fue la cuna de la democracia. Véase, sin embargo, en lo que degeneró ahora: periodistas cuyo trabajo creen es hacer preguntas.

De ahí que Lorenzino se viera en la misma situación que el Dictador de Sacha Cohen, a partir de los 21 segundos de este clip, que no pudo decir seriamente lo que estaba enunciando y tuvo que cortar la filmación:



Ahora bien, y tal como lo dice quien entendemos es una asesora de Lorenzino (la cual comparte el ligero acento y modismos sanisidrenses del Ministro), “hay un tema… que quizás es difícil de entender para alguien de afuera”: “nosotros no hablamos de la inflación ni con los medios argentinos”. Lo que en principio puede sonar chauvinista, como si dado que el Ministro no habla siquiera con sus propios medios, es absurdo que hable con medios extranjeros, en realidad es una denuncia anti-imperialista. En efecto, la buena fe de la periodista terminó siendo perversidad, tal como suele pasar. Los griegos creen que son el centro del mundo, estándares universales de conducta. Ya Aristóteles, en el libro VII de la Política, creía que los griegos representaban una mezcla exacta de inteligencia y coraje, entre la cobarde inteligencia asiática y el coraje estúpido de los europeos. En otras palabras, el heleno-centrismo, la típica sinécdoque imperialista, sigue intacta. Como en Grecia hay periodistas que le hacen preguntas al Ministro de Economía sobre la inflación, entonces creen que acá somos bárbaros porque no tenemos esa misma y pestífera práctica, que no es sino una muy poderosa arma de las corporaciones en su lucha contra la democracia. Montaigne famosamente denunció que quienes se creen civilizados consideran salvajes a quienes no son como ellos. Antes de visitar un país extranjero los periodistas deberían primero interiorizarse acerca de sus costumbres.

Pensándolo bien, sin embargo, Lorenzino es una víctima en esta historia, ya que se encuentra en la misma situación que Winston Smith, el personaje central de 1984. Lorenzino, tal como Smith, al menos antes del final de la novela, se resiste a creer que la realidad no existe, que la inflación es lo que el partido dice que es, y por eso se niega a decir la cifra en cámara. Recordemos lo que O’Brien le explica a Smith: “Sólo la mente disciplinada puede ver la realidad, Winston. (…). Cuando vos te engañás pensando que ves algo, asumís que todos ven la misma cosa que vos. Pero te digo Winston, que la realidad no es externa. (…). Cualquier cosa que el Partido diga que es la verdad, es la verdad” (1984, pp. 225-6). El Partido no se conforma con que digamos la cifra oficial de inflación, sino que además hay que creer que es verdadera. El ejemplo más claro de la psicología partidaria es la de Pimpi Colombo, la ex seguidora (pero lejos está de ser la única) de Domingo Cavallo. A juzgar por sus apariciones públicas, Pimpi no miente sobre la inflación en cámara, a los cuatro vientos, sin remordimientos. En absoluto. La única explicación de su estoica constancia sobre los números del INDEC es que sus estados mentales han sido lavados por el partido. Quizás Pimpi antes era como Lorenzino, tenía sus dudas, y mentía, pero al final se doblegó, igual que Smith. Ella cree en las cifras del INDEC, y por eso se comporta como una orgullosa ciudadana noruega. 

Es más. No nos extrañaría que esta pobre sufrida criatura que es Lorenzino—aunque en realidad lo somos todos en cierto sentido—no sólo sabe que acá de la inflación no se habla, o en todo caso se miente, sino quizás hasta recuerda que alguna vez Clarín fue el más preciado aliado del kirchnerismo. Todavía no puede decir que siempre estuvimos en guerra con Clarín (algo habíamos dicho al respecto: click). Todo lo cual no es sino una razón extra para su humana, demasiado humana reacción, el deseo de irse de la entrevista. Sus estados mentales todavía perciben un desfase entre la realidad y sus creencias.

Lorenzino, todavía, en una situación angustiante pero—quizás por eso mismo—redentora, resiste. Sigue enfrentado al eterno desafío del panorama descripto en 1984, p. 34: "Saber y no saber, ser consciente de veracidad completa mientras se dicen mentiras cuidadosamente construidas, sostener simultáneamente dos opiniones que se cancelan mutuamente, saber que son contradictorias y creer en ambas; usar la lógica contra la lógica, (...), olvidar lo que era necesario olvidar, entonces traerlo otra vez a la memoria en el momento en que fue necesario, y entonces prontamente olvidarlo otra vez”. Lo único que queda por saber es hasta cuándo Catilina abusarás..., perdón, hasta cuándo Lorenzino podrá resistir, o si simplemente se pimpiniza. 

jueves, 25 de abril de 2013

¿Derecho penal para Todos y Todas?








Las opiniones vertidas en este video (hace un tiempo, en 2010, mucho antes de los programas de Lanata) por Diana Conti son ciertamente intrigantes. Vale aclarar que nos llamó poderosamente la atención enterarnos de que Diana Conti es abogada penalista. No precisamente porque sea un gran logro, sino porque su formación jurídica no hizo sino incrementar nuestra curiosidad por su postura.

En primer lugar, no podemos dejar de confesar nuestro asombro por la defensa penal mencionada por Conti en el sentido de que una acción podía ser delictiva o no, si su autor podía saber o no que iba a terminar siendo presidente de la república, respectivamente. Para resolver semejante cuestión necesitaríamos convocar a un neurocirujano o a un científico especializado en cohetes, como se suele decir en las películas de Hollywood.

En segundo lugar, por suerte, hay otra cuestión que es mucho más modesta y que puede ser resuelta consultando a un abogado. En efecto, nos ha provocado gran curiosidad la teoría de Conti según la cual delitos contra la administración pública tales como violación de los deberes de los funcionarios públicos, cohecho, malversación de caudales públicos, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, enriquecimiento ilícito, encubrimiento y lavado de activos de origen delictivo, están exentos de pena para el caso de que quien cometiera la acción prevista por el tipo penal fuera elegido democráticamente y/o su ideología política fuera la correcta. En pocas palabras, que la comisión de un delito quedara exenta de responsabilidad penal por el hecho de que el autor fuera democráticamente elegido y/o tuviera la ideología política correcta. Se trataría de un abolicionismo restringido, sólo para personas de cierta ideología. O si se quiere, un derecho penal de autor, pero al revés, esto es, hay ciertos autores de delitos a los que no se les aplica el derecho penal. La clave para saber si hay un delito es quién lo hizo, no qué es lo que fue hecho.

En realidad, la posición de Conti no es exactamente nueva. Ya había sido descripta por George Orwell: “las acciones son tenidas por buenas o malas, no en sus propios méritos, sino de acuerdo a quién las hace, y casi no existe clase de ultraje… que no cambie su color moral cuando es cometido por nuestro lado” (cit. en Ned Dobos, Insurrection and Intervention, p. 60).

Apenas terminamos de ver el video, nos abalanzamos sobre el abogado del equipo de La Causa para que nos explicara semejante teoría que sin duda atenta contra el sentido común. Nuestro abogado nos explicó que al menos cuando él terminó la carrera allá por los comienzos de la década del (mil novecientos) noventa, la vieja dogmática penal enseñaba que una acción típica (i.e., para decirlo rápido y en criollo, prevista por la ley con un castigo en el Código Penal) sólo podía estar justificada en caso de que hubiese sido cometida, por ejemplo, en defensa propia o de un tercero, o en estado de necesidad, o autorizada por otra disposición jurídica, pero jamás porque el autor ganó las elecciones. Para ilustrar cómo funciona una causa de justificación estándar, Conti tendría que sostener que los actos contra la administración pública fueron cometidos en estado de necesidad: un mal fue causado (delitos varios contra la administración pública) para evitar otro mayor e inminente (perder la oportunidad de juntar euros por kilo) al que el autor ha sido extraños.

Quizás, agregó nuestro abogado, el kirchnerismo modificó el Código Penal sin haber notificado debidamente la reforma y añadió una nueva causa de justificación: ser kirchnerista. Más allá de la discusión sobre las bondades de la reforma en sí misma, sin duda se trata de un argumento de peso para quienes insisten en la necesidad imperiosa de que los profesionales se actualicen diariamente.

Así y todo, insistió nuestro abogado, aunque el kirchnerismo hubiera hecho semejante modificación, la misma habría sido inexplicable. En efecto, la teoría estándar del derecho penal sostiene que las leyes penales contienen dos tipos de prohibiciones: aquellas que se refieren a acciones inherentemente malas o malas en sí mismas, acciones cuyo disvalor no puede ser razonablemente negado por persona alguna, y por eso están prohibidas (que en la jerga escolástica eran didácticamente llamadas mala in se) y aquellas que se refieren a acciones cuya ilicitud o disvalor proviene exclusivamente del hecho de que estén prohibidas o acciones que son malas porque están prohibidas (no menos didácticamente eran llamadas acciones mala quia prohibita). Un ejemplo de las primeras es la típica prohibición del homicidio, un ejemplo de las segundas es la prohibición de entrar al país con una suma de dinero superior a cierto límite. Mientras que el homicidio es malo en sí mismo, no hay nada malo en sí mismo en entrar a un país con más de, v.g., 10.000 dólares, o comprar o vender dólares, tal como nos lo ilustra el caso de Néstor Kirchner quien aprovechara las viejas épocas comprando dólares por cifras millonarias.

Ahora bien, aunque compartimos la desconfianza de los anarquistas respecto a las instituciones estatales, y comprenderíamos el escepticismo anarquista respecto a las prohibiciones que protegen la propiedad privada o castigan la evasión impositiva, hasta los anarquistas estarán de acuerdo en que los delitos contra la administración pública mencionados (i.e. cohecho, malversación, enriquecimiento ilícito, etc., y todo quizás en concurso real por kilo), por más que su comisión dañe al Estado, su disvalor no proviene de su prohibición, sino que están prohibidos porque son disvaliosos, sin que importe quién los comete.

En otras palabras, se refieren a acciones que son malas en sí mismas, debido a que la ventaja del delincuente perjudica injustamente a los demás, amén del perjuicio a la confianza depositada por los ciudadanos en sus funcionarios. Y en todo caso, cuando se trata de acciones malas en sí mismas, jamás la ideología ni el autor son relevantes. Cualquier autor de semejante delito, indistintamente de por qué lo hizo, debe ser castigado (es significativo que el ejemplo que usaba Aristóteles para ilustrar la existencia de acciones inherentemente malas era el del adulterio, el cual ni siquiera podía estar justificado en el caso de ser cometido con la esposa del tirano). En realidad, es una situación agravante el hecho de que quien comete tales delitos se llena la boca defendiendo la necesidad de la intervención estatal para corregir las injusticias sociales.

En cuanto al daño sobre la sociedad que los delitos contra la administración pública provoca en la sociedad, basta recordar los casos de la tragedia de Once o de la inundación de La Plata y Buenos Aires. En efecto, en los casos de corrupción solemos concentrarnos en la ventaja injustamente adquirida o en la indignación que provoca en los ciudadanos y no tanto en los efectos de la corrupción en la sociedad. Ambas cosas deben ser tenidas en cuenta. En realidad, un homicidio puede ser mucho menos dañoso que los actos de corrupción de funcionarios públicos. Si en una futura reforma penal alguien propusiera darles a los funcionarios públicos una especie de ticket para cometer un delito a su elección, convendría ofrecerles un pase para un homicidio antes que juntar dinero por kilo, lavarlo y luego enviarlo al exterior.

Queda el último argumento que da Diana Conti, un argumento de naturaleza moral o política y no ya jurídica, ya que el Código Penal no lo contempla. Según este argumento, un delito podría ser exculpado en caso de que fuera cometido en aras de un fin justificado o una causa justa. Algo así como un estado de necesidad, pero sin los límites impuestos por el derecho. La variante deontológica propondría que la corrupción es una recompensa por lo hecho. Pero no va a faltar el que se pregunte por qué hay que recompensar al que actúa por una causa justa. ¿No son las causas justas su propio premio? ¿Y no sería contradictoria semejante recompensa por la causa justa?

La variante teleológica se concentraría en los resultados. Por ejemplo, la corrupción pública tuvo efectos revolucionarios en la sociedad (y, para ser serios, dichos efectos no pueden ser medidos por el INDEC): bajó la pobreza, la indigencia, la inflación, la criminalidad (ya que es la otra cara de una distribución injusta del ingreso), etc. Quizás algún día la corrupción tenga efectos revolucionarios, pero por ahora tuvo efectos más reaccionarios en todo caso. En realidad, esta variante no parece ser menos contradictoria que la primera. Y sólo convencería a los consecuencialistas, si es que lo hace. Los demás insistirán en que la corrupción no tiene ideología.

Queda la variante según la cual el corrupto en realidad sólo quiere protegerse de las corporaciones que tratarán de vengarse de él por haber tratado de revolucionar la sociedad. De ahí la necesidad de, como gráficamente lo dice Conti, “estar hecho”, asegurarse de que toda la familia en todas las generaciones no sufrirán porque sus antecesores se dedicaron a la política. Se trata de una variación del tema teleológico, pero que de ser válida exigiría quizás que le diéramos el mismo trato a cualquiera que afectara a las corporaciones, por ejemplo, un científico cuyo descubrimiento afectara a las corporaciones de tal forma que exigiera por lo tanto miles de millones para seguir adelante.

Finalmente, resta el argumento según el cual, si no toleramos la corrupción, “gana Cobos” (o peor, Dios no lo quiera, y lo decimos mientras nos tocamos nuestras partes pudendas, Macri). Irónicamente, este argumento va en contra de la lógica aparentemente democrática que inspira la defensa de la corrupción democrática. En efecto, no hay que olvidar que la corrupción no es considerada delito por algunos debido a que fue cometida por quienes ganaron las elecciones. Si Cobos, o Macri, o quien fuera, ganaran las elecciones, entonces también quedarían habilitados para cometer delitos.

En realidad, que estemos haciendo bromas sobre estos tópicos, o peor, que provoquen discusiones como las que intentó dar Diana Conti en ese entonces y quizás todavía quiera dar hoy en día (o quienes acusan a los críticos de la corrupción kirchnerista de ser "honestistas"), es una grave señal de lo mal que estamos, una grave señal de la creencia en que la democracia es un ticket para cometer delitos, al menos bajo ciertas condiciones.

martes, 23 de abril de 2013

Maduro ganó la Auditoría de Votos y otros Chistes judíos




La práctica constitucional venezolana sigue haciendo las delicias de los constitucionalistas. Ya habíamos discutido un par de puntos al respecto (click). Ahora lo que nos llama la atención es la decisión de hacer una auditoría o revisión de votos de las últimas elecciones presidenciales que no va a tener efecto alguno (click).

En efecto, si se nos permite la expresión, a pesar de la reticencia inicial, el Consejo Nacional Electoral de Venezuela (CNE) accedió a la petición de la oposición de llevar a cabo cierta auditoría de las elecciones, pero aclaró que la misma no es un recuento en sentido estricto y además no podrá alterar el resultado de las elecciones. La pregunta es entonces ¿para qué semejante auditoría?

Se nos ocurren tres opciones por las cuales la auditoría no afecta el resultado electoral. (1) Porque están seguros de que ganó Maduro. Esta primera opción es extraña, ya que el sentido mismo de pedir y/o conceder una revisión es que no están seguros de quién ganó. (2) Una segunda opción nos hace acordar a un viejo chiste judío que solía contar Norman Erlich. Una persona le dice a otra: "Qué desgracia. Me enteré de que se quemó tu negocio. Lo lamento mucho", y la otra le responde: "No, callate, la semana que viene". Cabe aclarar que hace poco un colega peruano nos contó que en Perú cuentan un chiste estructuralmente idéntico pero protagonizado por gallegos, como se suele decir, y por lo tanto para indicar ingenuidad, por así decir. (3) Finalmente, aunque la auditoría arrojara un resultado contrario, Maduro seguiría siendo el ganador. Esta opción supone que si las elecciones no conducen a la victoria de Maduro, las que se equivocan son las elecciones (o los electores), no la manera de contar los votos. En otras palabras, el sentido de que haya elecciones es que Maduro tiene que ganar, o como habría dicho Rousseau, dado que Maduro representa a la voluntad general, si el pueblo hubiera votado mayoritariamente a Capriles, entonces se habría equivocado. Quizás sea cierto. Pero no envidiamos a quien tuviera la imposible tarea de mostrar las credenciales democráticas de semejante opción (ya las habíamos tratado aquí en relación al kirchnerismo).

Quizás haya más opciones en juego, pero francamente se nos escapan. Cualquier aporte es más que bienvenido.


lunes, 22 de abril de 2013

Maquiavelo y la Ética pública




Edgardo Mocca en su nota de Página 12 de ayer (click) en relación a la manifestación del 18 A sostiene ciertas ideas que son verdaderamente "polémicas" como se suele decir en estos días. En efecto, en la nota sostiene:

"La ética pública tiene, por su lado, una larga historia en el debate teórico y en la práctica política de las sociedades. Para los kantianos, la honradez es la mejor forma de la política, mientras que para la tradición de pensamiento que nace con Maquiavelo, es la virtud, y no la ética, el atributo principal del líder político. No es la virtù, en el sentido de una adaptación de la conducta a un precepto dogmático, sino la virtù que designa la excelencia de la capacidad política del líder, cuya conducta debe ser juzgada en relación con la grandeza de la patria y la felicidad de sus habitantes. Nuestra conversación cotidiana tiende a equiparar la ética política con la ética individual y a reducir con frecuencia el alcance de ambas a la abstinencia de la apropiación de lo ajeno; es decir algo que no puede ser considerado parte de la ética porque pertenece a la esfera estricta del derecho penal".

En primer lugar, jamás Kant confundió la ética con la política. Es por eso que escribió por un lado La Fundamentación de la Metafísica de las Costumbres y la Metafísica de las Costumbres por separado. Quizás algunos kantianos, o personas que creen ser kantianas, sí confunden la ética con la política y por eso la gente sigue la opinión común al respecto. Pero es un error. Por ejemplo, Rawls usa a Kant, pero su teoría no es kantiana. Pero dejemos a Kant.

Lo más grave es la interpretación que hace Mocca de Maquiavelo. Es un grueso error atribuirle la idea a Maquiavelo de que su teoría de la virtud es compatible con la corrupción pública. En realidad, la teoría republicana sostiene que la corrupción es la falta de virtud. Precisamente, Maquiavelo desconfiaba de los gobiernos unipersonales porque promovían la corrupción del pueblo. Bajo gobiernos monárquicos la gente no sabe cómo gobernarse a sí misma, deliberar, ni defenderse de enemigos externos. El poder absoluto hace que la gente sea fiel al gobernante y no a la república, amén de que provoca la riqueza exagerada de los gobernantes. Y Maquiavelo, como republicano de ley que era, jamás habría tolerado que un funcionario se quedara con un solo centavo del erario público. Por supuesto, los republicanos de pura cepa, de la vieja tradición, siguen el viejo eslogan de salus publica suprema lex esto y saben que en casos de emergencia la salvación de la república es más importante que el interés privado. Pero habrían considerado un disparate que la salvación de la república exigiera la corrupción de los funcionarios.

Leamos a Maquiavelo, para variar: "[F]ue muy afortunada Roma, ya que sus reyes se corrompieron pronto y fueron expulsados antes de que su corrupción se contagiase a las vísceras de aquella ciudad. Y como ésta permanecía libre de corrupción, los numerosos tumultos que acaecieron en ella, encaminados a buen fin, no perjudicaron a la república, sino que la favorecieron. Y se puede llegar a esta conclusión: cuando la materia no está corrompida [la quale incorruzione], las revueltas y otras alteraciones no perjudican; cuando lo está [dove la è corrotta], las leyes bien ordenadas no benefician, a no ser que las promueva alguno que cuente con la fuerza suficiente para hacerlas observar hasta que se regenere la materia [se già le non sono mosse da uno che con una estrema forza le faccia osservare, tanto che la materia diventi buona], …” (Discursos..., I.17).

Quien crea que para Maquiavelo, o para cualquier republicano, la corrupción es compatible con la virtud está severamente equivocado. Se trata de una contradicción en sus términos. La suma de todos los males para el republicanismo es la corrupción. En todo caso, lo que Mocca puede haber leído alguna vez es que Maquiavelo en su libro de consejos para príncipes llamado precisamente El Príncipe le recomendaba a un príncipe, pero entonces no a un gobernante republicano, que tomara decisiones que podrían ser éticamente reprobables, como por ejemplo no cumplir con su palabra, o mentir, e incluso cometer homicidios, para mantenerse en el poder. Tales acciones podrían ser virtuosas en la medida en que contribuyeran a la conservación del orden. Pero en todo caso semejante consejo (a) jamás menciona siquiera la posibilidad de que el príncipe use el erario público como si fuera suyo y (b) provenía de Maquiavelo en su capacidad de asesor o de intelectual a sueldo o que intentaba ser contratado por alguien, jamás de Maquiavelo como pensador político republicano.

Como ya hemos visto, lo que Maquiavelo habría recomendado sería regenerar la materia corrupta como primer paso hacia la salvación de la república. Jamás hacer la vista gorda ante la corrupción, subestimar lo que Mocca llama "la abstinencia de la apropiación de lo ajeno". A Mocca le va a costar encontrar algún pensador político de envergadura que aconseje algo semejante. Habría que ver si eso es lo que aconseja Mocca.

domingo, 21 de abril de 2013

No se puede proteger la Constitución violándola





La diputada Elisa Carrió ha llamado a impedir que tenga lugar la votación el próximo miércoles en el Congreso sobre la así llamada reforma judicial (click). Sin duda, se trata de una reforma con graves consecuencias institucionales que afectan a la forma republicana de gobierno adoptada por nuestra Constitución y que muy probablemente sea inconstitucional.

Ahora bien, la convocatoria para impedir que sesione el Congreso es peligrosamente ambigua porque admite al menos dos lecturas. Según la lectura política, lo que la diputada propone es hacer todo lo políticamente posible para impedir que la reforma tenga lugar, es decir, medidas usuales en la política parlamentaria tales como no prestar quórum, peticionar antes los representantes que revean sus creencias al respecto, convocar a la gente que asista a la deliberación y se haga presente en los alrededores del Congreso, etc.

Pero la indeterminación de la propuesta de Carrió podría entenderse como un llamado a hacer imposible sin más que el Congreso sesione, lo cual configura el delito de sedición. Es de muy público conocimiento que la misma Constitución afectada por la reforma judicial aclara enfáticamente que el pueblo no delibera ni gobierna sino por medio de sus representantes, así como el Código Penal prohíbe la sedición. Otra vez, Carrió tiene razón en que la reforma podría ser inconstitucional. Pero es el poder judicial el que tiene la atribución legal de decidir sobre la constitucionalidad de las leyes, no el pueblo.

En el fondo, la propuesta de Carrió, por bien intencionada que fuera, confunde cuestiones constitucionales, que invitan el desacuerdo, con las estrictamente legales cuyas prohibiciones son indiscutibles. Como diría Carl Schmitt (o el liberalismo francés del siglo XIX), confunde cuestiones políticas con cuestiones estrictamente legales. En nuestro país, los órganos encargados de tomar la decisión política de determinar si una ley es constitucional son las judiciales. No es ninguna novedad la así llamada dificultad contramayoritaria: hay razones para oponerse a que los jueces tomen decisiones políticas de este tipo. Pero es indudable que, hasta nuevo aviso, el control judicial de constitucionalidad es parte del sistema judicial argentino. En cambio, es una cuestión claramente legal, por no decir penal, que la sedición está prohibida por la Constitución y por el Código Penal, y no hace falta acudir a la Corte Suprema al respecto.

La reforma judicial muy probablemente afecta a la forma republicana de gobierno. Pero no se puede impedir el normal desenvolvimiento del Congreso por un desacuerdo constitucional. No es el pueblo sino la Corte Suprema en última instancia la que decide sobre la constitucionalidad de las leyes, y es el pueblo mismo el que decidió esta división del trabajo. Cabe recordar que se trata además de una Corte Suprema que ha dado muestras claras de independencia frente al mismo Poder Ejecutivo que designara a varios de sus miembros, muestras que de hecho han provocado ataques del Poder Ejecutivo hacia dicho tribunal.

En conclusión, a menos que la invitación a impedir la aprobación de la ley de reforma judicial sea entendida en términos puramente políticos como los expuestos más arriba, deberíamos abstenernos de hacer todo lo posible para cometer un muy grave delito en el caso de un orden constitucional democrático, tal como lo es el delito de sedición.

jueves, 18 de abril de 2013

Revolucionarios, jacobinos, bonapartistas




Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, art. 16.: "Toda sociedad en la cual la garantía de los derechos no está asegurada, ni la separación de los poderes determinada, no tiene constitución en absoluto".
"el periodista cambia de estatus. Ya no es como en el pasado el modesto plumífero de letras o el servidor asalariado de los poderosos que le dan órdenes. Se impone como una figura política central, intocable y casi sagrada. Más aún, se convierte en una verdadera institución. Camille Desmoulins teorizó entonces ese nuevo papel: 'Hoy-escribe-los periodistas ejercen el ministerio público', cumplen 'una verdadera magistratura'. Michelet destaca justamente que el periodismo se impone en esa época como una 'función pública'. Si esos hombres de letras pueden, sin sorpresa, considerarse la expresión de la opinión pública, en realidad hacen mucho más. Ejercen a la vez una tarea de representación y poseen una parte de la soberanía. Compiten con los representantes electos en expresar día tras día las expectativas de la sociedad. 'Soy el ojo del pueblo, ustedes son en el mejor de los casos el dedo meñique', dice Marat, burlón y despectivo, a los representantes de la Comuna de París. (...). Con esa palabra clave [control] de la lengua revolucionaria, ... los contemporáneos desean dar una consistencia directa, independiente de todo soporte institucional. En este caso, el poder de control ejercido por los periódicos es visto como un poder de tipo democrático. (...). El argumento central de los bonapartistas para justificar las restricciones impuestas a la libertad de prensa fue... decir que esta última no tenía ninguna legitimidad democrática porque no era un poder de tipo representativo. (...). Los periódicos son vistos en esa perspectiva como 'cientos de pequeños Estados en medio del Estado'. Un periódico es un poder público en manos de particulares: el periodista interviene con su conciencia o sus intereses personales como único mandato. No es elegido por nadie pero encarna un verdadero poder social. (...). Los bonapartistas se convirtieron en los denunciadores implacables del periódico como estructura capitalista. Los periódicos que sólo representan intereses parciales deben ser subordinados al interés general, no deben sustituir el sufragio universal para expresar a la opinión pública como poder de la generalidad. (...). Es entonces toda una concepción de lo público lo que está en debate en la visión cesarista de lo político" (Pierre Rosanvallon, La Contrademocracia, pp. 112-16).
"La soberanía del pueblo tenía sentido, para el Primer Cónsul, sólo si podía afirmarse de manera polarizada. Está claro para él que la nación no necesitaba de garantías contra el poder, dado que todas las autoridades que la constituían emanaban de ella. Bonaparte participaba de esa manera del antipluralismo dominante en Francia en ese período; a sus ojos, la democracia no puede ser más que no liberal. ¿Concebimos-se pregunta en enero de 1802-una oposición contra el pueblo soberano? ¿Tribunos allí donde no hay patriciado? Las imágenes de luchas revolucionarias y el espectro del caos que se perfilaban aún entonces detrás de la mera palabra 'oposición' le facilitaron, es cierto, la tarea" (Pierre Rosanvallon, La Contrademocracia, p. 106).