viernes, 20 de julio de 2018

Una Crítica al Interpretativismo



Una crítica al interpretativismo (texto) publicada por la Revista Jurídica de San Andrés, que acompaña la charla sobre interpretativismo y punitivismo en la Maestría en Filosofía del Derecho de la UBA (video). 

2 comentarios:

  1. Estimado prof. Rosler, es excelente el artículo y el punto es sumamente interesante: como lo señala también el profesor Atria, en el interpretativismo y otras cuestiones que tienen que ver con el neoconstitucionalismo hay una vuelta al prepositivismo.
    Ahora quisiera hacer un humilde aporte desde mi óptica: El derecho es claramente un concepto contestable; a mi modo de ver la historia de la institución lo demuestra, lo cual no quiere decir, y en ésto comparto ampliamente con lo que Ud. sostiene, que un juez con la excusa de interpretar haga decir a la ley o norma lo que no dice o lo que él cree que el derecho debe decir. Porque él es parte del sistema, en cierto sentido. Para los que no somos parte del sistema -investigadores, críticos, ensayistas, profeores, etc-, si se me permite la expresión, el derecho y su pretensión de autoridad es contestable. Digamoslo así: No son valores sacros la autoridad y la obediencia, de serlos nunca la humanidad hubiese podido progresar.
    Le dejo un cordial saludo.

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  2. Hola Ignatus, muchas gracias por tu amable comentario. Me parece que en lo que decís hay una ambigüedad. Por supuesto que el derecho es contestable moralmente, pero el punto del positivismo es sobre el concepto de derecho, no sobre su justificación. Por favor, fijate en este pasaje del artículo que compara al derecho con el arte y que contesta tu punto: "el derecho no es en sí mismo un concepto contestable. En efecto, el derecho es una práctica institucional autoritativa, que suele ser atacada por razones morales, pero dicho ataque presupone que el blanco del ataque ha sido claramente identificado, por ejemplo, debido a que tiene autoridad. No tendría sentido criticar algo que, en el fondo, uno no sabe exactamente qué es o que no ha comprendido. La identificación del derecho entonces es razonablemente conceptual, tal como suele insistir el positivismo, que se propone fundamentalmente entender qué es el derecho, no justificarlo. Además, las normas son o no son válidas, pertenecen o no al sistema jurídico, no son más o menos válidas que otras normas" (p. 18).

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